
Cuando la ciudadanía recurre a los cauces legales para reclamar el cumplimiento de una norma tan clara como el derecho de visita pública gratuita a los Bienes de Interés Cultural (BIC), no está atacando creencias ni cuestionando convicciones religiosas. Está ejerciendo un derecho reconocido por la ley y recordando algo esencial como que el patrimonio cultural no pertenece a quien lo gestiona, sino a la sociedad en su conjunto.
La legislación valenciana no deja lugar a dudas. La Ley 4/1998, de Patrimonio Cultural Valenciano, establece que los bienes declarados BIC deben permitir la visita pública gratuita al menos cuatro días al mes. No se trata de una sugerencia ni de una concesión voluntaria, sino de una obligación legal. Sin embargo, este mandato se diluye con frecuencia cuando el titular del bien es la Iglesia Católica. El caso de la Concatedral de San Nicolás de Alicante es paradigmático: no existen días ni franjas horarias de acceso gratuito, y la visita cultural está supeditada al pago de una entrada. Un peaje impuesto sobre un bien que, por definición, es de interés general.
Esta situación resulta todavía más difícil de justificar cuando se analiza el contexto económico de la institución que gestiona estos inmuebles. En 2024, la Iglesia Católica ingresó en España alrededor de 168 millones de euros procedentes de sus negocios inmobiliarios y financieros. A ello se suma la asignación tributaria del IRPF: el 0,7 % de la cuota íntegra de los contribuyentes que marcan voluntariamente la casilla correspondiente en su declaración de la renta. Según la Agencia Tributaria, en la última campaña esta vía alcanzó un máximo histórico cercano a los 429 millones de euros. Una cifra procedente de millones de ciudadanos y ciudadanas, crean o no, practiquen o no, que se añade a un entramado económico de enorme dimensión.
Pese a ello, numerosos edificios propiedad de la Iglesia que tienen la consideración de BIC no cumplen con las obligaciones legales de acceso gratuito. Es decir, reciben financiación indirecta de origen público, obtienen ayudas para la conservación de un patrimonio que es de todos y todas, y aun así restringen el acceso mediante el cobro de entradas. Todo ello con un agravante añadido: la exención del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), un tributo que sí afronta el conjunto de la ciudadanía y que contribuye al sostenimiento de los servicios públicos.
El problema no es solo económico. Es político, institucional y profundamente estructural. España no es un Estado laico; es un Estado aconfesional, tal y como recoge el artículo 16 de la Constitución. Y es precisamente esa aconfesionalidad ambigua la que ha permitido que la Iglesia Católica mantenga, de forma persistente, una posición de privilegio e influencia que desborda lo estrictamente religioso. Ese “ni confesional ni verdaderamente laico” ha sido el agujero legal y simbólico por el que se han colado exenciones fiscales, tratos preferentes y una presencia constante en ámbitos que deberían regirse exclusivamente por el interés general.
Avanzar hacia un Estado laico no supone, en ningún caso, un ataque a la religión católica ni a ninguna otra confesión. Supone, sencillamente, establecer una separación clara entre las creencias —todas legítimas en el ámbito privado— y las instituciones públicas. Supone garantizar que ninguna confesión goce de privilegios económicos, fiscales o patrimoniales por encima del resto de la ciudadanía. Y supone, también, que quien gestiona bienes de interés cultural asuma las mismas obligaciones que cualquier otro titular, sin excepciones ni atajos.
Resulta especialmente llamativo que una institución que no duda en intervenir en debates políticos que no le competen guarde silencio o ambigüedad ante vulneraciones evidentes de los derechos humanos, la dignidad y la libertad de las personas en contextos nacionales e internacionales. Esta combinación de presencia interesada y ausencia ética refuerza la percepción de que, más que una institución espiritual, actúa como un poderoso emporio empresarial revestido de doctrina y culto.
La influencia de la Iglesia Católica en ámbitos tan sensibles como la educación, los servicios sociales o incluso la salud, a través de conciertos, convenios o cesiones de gestión financiadas con recursos públicos, exige un ejercicio de transparencia y corresponsabilidad mucho mayor que evite casos como el de la Concatedral de Alicante.
La pregunta de fondo es sencilla: ¿puede una institución que recibe cientos de millones de euros de origen público, que está exenta de impuestos municipales y que gestiona un patrimonio histórico de valor incalculable actuar como si ese patrimonio fuera un bien privado destinado a la recaudación? Desde cualquier perspectiva democrática, la respuesta debería ser claramente negativa.
Cumplir la ley, garantizar el acceso gratuito al patrimonio cultural y rendir cuentas no es un ataque a la fe. Es una exigencia democrática. Y mientras España no afronte con valentía el debate sobre su aconfesionalidad y avance hacia una laicidad real, seguirá manteniendo privilegios que contradicen la igualdad ante la ley y debilitan la calidad de nuestra democracia.