Desde que en 1987 se publicase en el BOE núm. 183, de 1 de agosto de 1987, el Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regulaba la obtención del título de Enfermero especialista, que nunca se desarrolló, hasta que en 2005 se publicó en el BOE núm. 108, de 06/05/2005 el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, han sido muchas/os las/os que han estado trabajando de manera seria, rigurosa y constante para que las especialidades enfermeras en general y la especialidad de Enfermería Comunitaria en particular fuesen una realidad.
El Real Decreto de 1987 que regulaba las especialidades enfermeras se publicaba en un momento especialmente significativo e importante tanto para las enfermeras como para el sistema sanitario. Para las enfermeras porque, tras diez años desde la incorporación de los estudios de enfermería en la universidad, se planteaba la posibilidad de un desarrollo real y efectivo que permitiese adquirir competencias específicas en diferentes áreas de especialización, en un momento en el que se estaban generando grandes cambios sociales, políticos, económicos… que tuvieron consecuencias, de manera muy especial, en el sistema sanitario.
Para el sistema sanitario porque tras la publicación, en 1986, de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, se regulaba el Sistema de Salud en España y se estructuraba en base a dos niveles claramente definidos, la Atención Hospitalaria o especializada como se denomina en la Ley (art 56) y la Atención Primaria de Salud (APS) que amparándose en la declaración de Alma Ata de 1978 se denominó como el nuevo modelo de atención, presentándose como un escenario en el que, tal como se recoge en el artículo 56 a) de la Ley de 1987, se deberán realizar actividades “…mediante fórmulas de trabajo en equipo, se atenderá al individuo, la familia y la comunidad; desarrollándose, mediante programas, funciones de promoción de la salud, prevención, curación y rehabilitación, a través tanto de sus medios básicos como de los equipos de apoyo a la atención primaria”. Previamente a la Ley, además, ya se había regulado la actividad de las enfermeras en APS a través del Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud. Así pues, el denominado nuevo modelo iba a precisar de profesionales altamente cualificados y preparados. En este sentido los médicos ya tenían prevista en 1978 su especialidad a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, de regulación de la medicina de familia y comunitaria, Posteriormente diferentes normas legislativas regularon su ordenamiento en la APS.
Con la publicación del Real Decreto de 1987, por lo tanto, parecía que las enfermeras iban a poder acceder a una especialización, denominada como Enfermería de Salud Comunitaria, que contribuyese al desarrollo del nuevo modelo. Es importante destacar que la denominación se diferenciaba de la que ya tenían los médicos, focalizando su atención en la Salud como centro de atención de los cuidados enfermeros en APS y en el ámbito comunitario que integraba tanto a la persona como a la familia. Por otra parte, en el artículo 5 del citado Real Decreto se determinaba que “La formación de las Especialidades relacionadas en el artículo 2° se llevará a cabo en Unidades docentes acreditadas para desarrollar los correspondientes programas de formación. que estarán supervisadas y coordinadas a estos efectos por las Escuelas Universitarias de Enfermería que correspondan”, lo que representaba una clara diferenciación del programa formativo MIR al integrar con un peso específico importante a las entonces Escuelas de Enfermería en la formación de las especialidades que, necesariamente, debían articularse con los dispositivos sanitarios como se recogía en el artículo 6 de la misma norma. Se estaba pues ante una realidad propia y diferenciada para la formación especializada y ante la posibilidad de dar una mayor consistencia a la recién creada APS. Sin embargo, el Real Decreto no se llegó a desarrollar nunca y, por lo tanto, el proceso de especialización enfermera sufrió una nueva parálisis. Las razones de esta incomprensible y dañina parálisis tanto para las enfermeras como para el Sistema de Salud no están claras, aunque se sospechan algunas de ellas.
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